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Inspección Técnica de Edificios - Sevilla
viernes, 15 de enero de 2010Detalles del Anuncio
Ciudad:
Sevilla
Operación:
Ofrecido
Precio:
€ 280
Descripción
I.T.E.
Inspecciones Técnicas de Edificios
La Ordenanza Municipal de Sevilla sobre Inspección Técnica de la Edificación, establece que todos los edificios con una edad superior a 50 años están obligados a realizar la ITE (Inspección Técnica de la Edificación que, regulada por una Ordenanza municipal del Ayuntamiento de Sevilla publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (nº 139, de 17 de junio de 2004), consiste en un INFORME TÉCNICO del estado de las edificaciones con objeto de verificar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato recogidas en el Plan General Municipal de Ordenación) antes del próximo 6 de noviembre de 2009. Para los edificios de una edad entre 25 y 50 años la fecha límite es el 6 de julio de 2011.
Esta misma ordenanza establece, que es obligación del propietario del inmueble realizar la inspección del edificio, para lo que deberá contratar un técnico Competente (Arquitecto Técnico o Aparejador), que se encargará de redactar el informe.
De los procesos de una edificación, la evaluación y el diagnóstico constituye el paso quizá más importante puesto que de acuerdo con su definición vendrá la decisión de la intervención. Acertar en el diagnóstico representa el éxito de la inversión y por supuesto en la solución de las causas del problema.
Javier Estévez
Arquitecto Técnico
Móvil:6896146451
javierestevez@arquitecto.com
Inspecciones Técnicas de Edificios
La Ordenanza Municipal de Sevilla sobre Inspección Técnica de la Edificación, establece que todos los edificios con una edad superior a 50 años están obligados a realizar la ITE (Inspección Técnica de la Edificación que, regulada por una Ordenanza municipal del Ayuntamiento de Sevilla publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (nº 139, de 17 de junio de 2004), consiste en un INFORME TÉCNICO del estado de las edificaciones con objeto de verificar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato recogidas en el Plan General Municipal de Ordenación) antes del próximo 6 de noviembre de 2009. Para los edificios de una edad entre 25 y 50 años la fecha límite es el 6 de julio de 2011.
Esta misma ordenanza establece, que es obligación del propietario del inmueble realizar la inspección del edificio, para lo que deberá contratar un técnico Competente (Arquitecto Técnico o Aparejador), que se encargará de redactar el informe.
De los procesos de una edificación, la evaluación y el diagnóstico constituye el paso quizá más importante puesto que de acuerdo con su definición vendrá la decisión de la intervención. Acertar en el diagnóstico representa el éxito de la inversión y por supuesto en la solución de las causas del problema.
Javier Estévez
Arquitecto Técnico
Móvil:6896146451
javierestevez@arquitecto.com